Riyan Parag vape row: Ravichandran Ashwin says 'this could have been avoided'
Riyan Parag fined for vaping in dressing room during IPL 2026 match; Ashwin says it could have been avoided.

El comité de apelación ha rechazado los recursos presentados por el Rayo Vallecano en relación a la sanción impuesta a Isi Palazón. También se desestiman las amarillas de Ciss y Ratiu, y el caso podría ser llevado al TAD.
Rayo
El comité también desestima las amarillas de Ciss y Ratiu y el caso podría pasar por el TAD

Isi Palazón.CHEMA REY
13:31CEST
Isi Palazón fue sancionado por acumulación de tarjetas amarillas durante los partidos.
El comité de apelación rechazó los recursos del Rayo Vallecano y desestimó las amarillas de Ciss y Ratiu.
El TAD es el Tribunal Administrativo del Deporte, y podría involucrarse si el Rayo Vallecano decide apelar la decisión del comité de apelación.
La sanción a Isi Palazón podría afectar la alineación del Rayo Vallecano en los próximos partidos.
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El Comité de Apelación de la RFEF ha desestimado el recurso presentado por el Rayo Vallecano y ha confirmado íntegramente las sanciones impuestas tras el encuentro ante la Real Sociedad, con especial incidencia en la figura de Isi Palazón, cuya situación disciplinaria se mantiene sin cambios en su sanción tras la revisión del expediente.
El caso de Isi era el eje del recurso. El Rayo defendía que el jugador no profirió el insulto recogido en el acta arbitral —“eres un sinvergüenza”—, sino una expresión genérica (“esto es una vergüenza”), tratando de rebajar la gravedad de los hechos. Sin embargo, Apelación considera que no existe prueba objetiva, concluyente e inequívoca que desvirtúe la redacción del acta, que mantiene su presunción de veracidad. Las declaraciones notariales aportadas por el club, incluidas las del propio futbolista, no tienen suficiente peso probatorio para corregir un elemento considerado nuclear en la valoración disciplinaria.
De este modo, el organismo confirma los cuatro partidos de sanción por insultos al árbitro en aplicación del artículo 99 del Código Disciplinario, en el mínimo previsto. Además, rechaza la tesis del Rayo sobre la “unidad de acción”: entiende que hay dos conductas diferenciadas —la protesta que provoca la expulsión y la posterior ofensa verbal—, por lo que mantiene también los dos partidos adicionales por protestas. A ello se suma el encuentro de suspensión por acumulación de amonestaciones, cerrando un castigo global que no admite reducción al haberse aplicado ya los mínimos reglamentarios. Son siete partidos en total y no jugará en Liga hasta la campaña que viene.
En cuanto al resto de jugadores, el Comité también respalda las decisiones arbitrales. Ni en el caso de Ciss ni en el de Ratiu aprecia error material manifiesto tras el análisis de las pruebas videográficas. Apelación insiste en que las imágenes no contradicen de forma clara el relato del acta y que, en todo caso, ofrecen interpretaciones compatibles con la decisión del colegiado, lo que impide revisar las sanciones desde el punto de vista disciplinario.
La resolución mantiene el criterio habitual de los órganos federativos, reforzando la prevalencia del acta arbitral salvo evidencia inequívoca en contra. El Rayo, que en los días previos denunció sentirse gravemente perjudicado por las decisiones arbitrales y llegó a calificar de desproporcionada la sanción a Isi, ya había anunciado su intención de agotar todas las vías legales. Con el recurso desestimado en vía federativa, el siguiente paso pasa por el TAD.
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