

La abogada Mireia Martínez Carmona alerta sobre un truco que utilizan algunas empresas para despedir a empleados sin indemnización. Este método implica un proceso gradual que puede resultar en despidos encubiertos.
Economía
La laboralista advierte de las prácticas que utilizan algunas compañías

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12:15CEST
Una práctica aparentemente menor está generando riesgos relevantes para los trabajadores. Se trata de aquellas cartas en las que la empresa describe unos hechos como constitutivos de falta grave o muy grave, pero finalmente impone una sanción leve, habitualmente una amonestación por escrito.
A primera vista, la ausencia de consecuencias inmediatas puede llevar al trabajador a restar importancia al documento. Sin embargo, tal y como advierte la abogada laboralista Mireia Martínez Carmona, “la verdadera jugada del abogado de tu jefe no está en la sanción que te ponen, sino en el relato de hechos que la empresa deja por escrito”.
El problema radica en que, si no se impugna la carta, ese relato queda consolidado. Es decir, los hechos descritos, aunque puedan ser discutibles, exagerados o incluso inciertos, pasan a formar parte del expediente del trabajador con plena validez a efectos posteriores.

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En la práctica, muchos empleados optan por no actuar. “Mientras no me suspendan de empleo y sueldo o no me despidan, lo dejo pasar”, es una reacción habitual ante este tipo de comunicaciones. Pero esa inacción tiene consecuencias jurídicas.
Firmar la carta con un “no conforme” es recomendable, pero insuficiente. “No es suficiente”, subraya la letrada. Para cuestionar el contenido de la comunicación es necesario iniciar las acciones legales correspondientes.
El plazo para hacerlo es limitado. El trabajador dispone de 20 días hábiles para presentar papeleta de conciliación y, en su caso, demanda judicial. Se trata de un plazo de caducidad, por lo que su transcurso impide cualquier impugnación posterior y consolida definitivamente la versión empresarial.

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Además, este tipo de documentos pueden tener efectos en el futuro. Según explica la abogada, la existencia de antecedentes disciplinarios no impugnados permite a la empresa endurecer la respuesta ante eventuales incumplimientos posteriores. “Te están cocinando el despido a fuego lento”, advierte.
Desde un punto de vista práctico, la recomendación pasa por actuar con cautela desde el primer momento. Firmar la recepción de la carta dejando constancia de disconformidad, evitar reacciones impulsivas y recabar asesoramiento jurídico especializado de forma inmediata. Porque, aunque se trate de una sanción leve en apariencia, sus efectos pueden ir mucho más allá si no se gestionan adecuadamente.
Últimas Noticias
El truco consiste en un proceso gradual que permite a las empresas despedir a empleados sin pagar indemnización.
Mireia Martínez Carmona es una abogada laboralista que advierte sobre las prácticas engañosas que utilizan algunas compañías para despedir a sus empleados.
El proceso de despido a fuego lento implica acciones que van minando la situación laboral del empleado, facilitando su despido sin indemnización.
Los despidos realizados de esta manera pueden dejar a los trabajadores sin derechos a indemnización y en una situación laboral precaria.

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